Armas no letales

Arma de fogueo (tronadora)

Armas de estruendo que disparan cartuchos de fogueo. Sirven para disuasión sonora o cine/teatro cuando está autorizado. Convertirlas en arma real es delito.

Aviso legal

Esta página resume normas públicas sobre armas de uso civil en Ecuador. No es el sitio del Estado, no sustituye asesoría jurídica y no tramita permisos. Tener o portar un arma de fuego sin autorización es delito. Fuentes y matices de vigencia y tarifas están en Aviso y fuentes.

Arma de fogueo (tronadora)
Imagen ilustrativa de referencia. No es un ejemplar autorizado ni un anuncio de venta.
8 mm PAK / 9 mm PAK o equivalentesFogueo / estruendo, sin proyectilNo letalTenencia

Límite legal

Acuerdo Ministerial 145, Art. 103.2: pistolas 8 mm PAK / 9 mm PAK y revólveres 9 mm PAK / .38 PAK.

Qué implica para un civil

  • No lanzan un proyectil de plomo; el riesgo sigue existiendo a boca de cañón (gases, taco, residuos).
  • Deben corresponder a los calibres PAK o equivalentes previstos en el Acuerdo.

Modelos de referencia

Fotos ilustrativas del tipo. No son un catálogo de venta ni una autorización. El ejemplar real debe coincidir con marca, modelo, calibre y serie del permiso.

  • Pistola de fogueo 9 mm PAK

    Pistola de fogueo 9 mm PAK

    Comercialización solo por canales autorizados.

Restricciones

  • Prohibida la modificación para disparar proyectiles letales.
  • No simulan un permiso de porte de arma de fuego.

Trámite: Tenencia