Aviso legal
Esta página resume normas públicas sobre armas de uso civil en Ecuador. No es el sitio del Estado, no sustituye asesoría jurídica y no tramita permisos. Tener o portar un arma de fuego sin autorización es delito. Fuentes y matices de vigencia y tarifas están en Aviso y fuentes.

Límite legal
Defensa personal: calibre igual o inferior a 9 mm. El Reglamento (Art. 18) menciona alimentadoras de hasta diez proyectiles; el Acuerdo Ministerial 145 habla de la alimentadora de fábrica. El Comando Conjunto confirma el límite aplicable a cada solicitud.
Qué implica para un civil
- Debe ser semiautomática: un disparo por cada presión del gatillo. Las armas automáticas son de guerra y están prohibidas para civiles.
- El calibre 9×19 mm (9 mm Luger/Parabellum) es el techo para defensa personal. Calibres superiores, como .40 S&W o .45 ACP, no caben en esa categoría; el .45 aparece solo en uso deportivo.
- La adquisición se hace únicamente en armerías o importadores registrados ante el Comando Conjunto. La factura o el contrato de compraventa es requisito del trámite.
- Cada arma autorizada debe pasar prueba balística (bala y vaina testigo) en el Centro de Control de Armas de la jurisdicción.
Modelos de referencia
Fotos ilustrativas del tipo. No son un catálogo de venta ni una autorización. El ejemplar real debe coincidir con marca, modelo, calibre y serie del permiso.

Glock 19 (9 mm)
Compacta de 9 mm. La capacidad de la alimentadora debe ajustarse a lo que autorice Control de Armas.

Glock 43X (9 mm)
Subcompacta de 9 mm. El ejemplar debe coincidir con marca, modelo, calibre y serie del permiso.

CZ P-10 C (9 mm)
Pistola de servicio compacta. Solo es legal si la importación y el registro están autorizados.

CZ 75 Compact (9 mm)
Plataforma metálica de 9 mm frecuente en uso civil cuando el lote está autorizado.

Taurus G3C (9 mm)
Cañón corto en 9 mm. Debe provenir de un comerciante autorizado.

Smith & Wesson M&P Shield (9 mm)
Plataforma compacta de 9 mm. Verifique el límite de capacidad que imponga la autoridad.

Beretta 92 (9 mm)
La 92 de serie suele traer alimentadora de 15; para uso civil hay que confirmar el tope autorizado.
Restricciones
- No se autorizan pistolas automáticas ni conversiones a ráfaga.
- Silenciadores, miras infrarrojas de tipo militar y lanzagranadas están prohibidos para civiles.
- Las pistolas artesanales o de fabricación clandestina están prohibidas (Decreto Ejecutivo 707 / Art. 61.1 del Reglamento).
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