Categoría

Rifles deportivos

Armas largas estriadas para tiro o cacería deportiva. El Acuerdo Ministerial 145 las ubica en uso deportivo, desde .22 hasta .308, inclusive 30-06.

Aviso legal

Esta página resume normas públicas sobre armas de uso civil en Ecuador. No es el sitio del Estado, no sustituye asesoría jurídica y no tramita permisos. Tener o portar un arma de fuego sin autorización es delito. Fuentes y matices de vigencia y tarifas están en Aviso y fuentes.

Marco: Acuerdo Ministerial 145, Art. 104; Reglamento Art. 19. Usos previstos: Uso deportivo. Ver todas las categorías.

1 tipo

Rifle deportivo .22 a .308 / 30-06
Rifle deportivo .22 a .308 / 30-06

.22 a .308, inclusive 30-06

Rifles de cacería o de precisión que la norma reserva al deporte. Un fusil de asalto o un arma automática no entra en esta categoría: es arma de guerra, de uso privativo de las Fuerzas Armadas.

Uso deportivo
Tenencia deportivaVer ficha